De acuerdo con el Servicio de Impuestos Internos (IRS), los educadores que hayan comprado artículos protectores contra el COVID-19 y que aún no hayan recibido algún reembolso, podrán deducirlo en la declaración de impuestos. Todo gasto relacionado a la compra de artículos protectores y que se hayan realizado después del 12 de marzo de 2020 podrán incluirse con un límite de hasta $250 por persona.
“Los educadores elegibles incluye a toda aquella persona que haya sido maestro de K-12 o que haya sido instructor, consejero, director, o asistente en una escuela por al menos 900 horas durante el año escolar,” indicó el IRS.
El comunicado no explica cómo esto afectará a maestros que debido a las guías locales y estatales han estado trabajando de manera remota.
Los siguientes artículos son elegibles en declaración de impuestos:
Mascarillas
Desinfectante para uso contra él COVID-19
Jabón de mano
Desinfectante para manos
Guantes desechables
Cinta adhesiva, pintura o tiza utilizada para marcar las guías del distanciamiento social
Barreras físicas como por ejemplo, plexiglás.
Purificadores de aire
Otros artículos recomendando por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) para ser utilizado para prevenir la propagación del COVID-19.
El límite de $250 aumenta a $500 si sometes la declaración de impuestos con otra persona, pero no será más de $250 por persona.
Para más información visita la página del IRS.
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