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Educadores podrán deducir equipo protector contra COVID-19 en la declaración de impuestos

El IRS anunció que los educadores que, durante el año pasado, compraron equipo protector contra el COVID-19 podrán deducirlo en la declaración de impuestos del 2020.

De acuerdo con el Servicio de Impuestos Internos (IRS), los educadores que hayan comprado artículos protectores contra el COVID-19 y que aún no hayan recibido algún reembolso, podrán deducirlo en la declaración de impuestos. Todo gasto relacionado a la compra de artículos protectores y que se hayan realizado después del 12 de marzo de 2020 podrán incluirse con un límite de hasta $250 por persona.

“Los educadores elegibles incluye a toda aquella persona que haya sido maestro de K-12 o que haya sido instructor, consejero, director, o asistente en una escuela por al menos 900 horas durante el año escolar,” indicó el IRS.

El comunicado no explica cómo esto afectará a maestros que debido a las guías locales y estatales han estado trabajando de manera remota.

Los siguientes artículos son elegibles en declaración de impuestos:

  • Mascarillas

  • Desinfectante para uso contra él COVID-19 

  • Jabón de mano 

  • Desinfectante para manos

  • Guantes desechables

  • Cinta adhesiva, pintura o tiza utilizada para marcar las guías del distanciamiento social

  • Barreras físicas como por ejemplo, plexiglás. 

  • Purificadores de aire 

  • Otros artículos recomendando por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) para ser utilizado para prevenir la propagación del COVID-19.

El límite de $250 aumenta a $500 si sometes la declaración de impuestos con otra persona, pero no será más de $250 por persona. 

Para más información visita la página del IRS.

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